Empecemos definiendo el decreto de Dios: «Dios ha decretado desde la eternidad, libre e inalterablemente, todo lo que ha de ocurrir en el tiempo y todo para Su gloria«.
Uno de mis pasajes bíblicos favoritos acerca del decreto de Dios es Isaías 46:9-11:
«Acordaos de las cosas anteriores ya pasadas, porque yo soy Dios, y no hay otro; yo soy Dios, y no hay ninguno como yo, que declaro el fin desde el principio y desde la antigüedad lo que no ha sido hecho. Yo digo: “Mi propósito será establecido, y todo lo que quiero realizaré”. Yo llamo del oriente un ave de rapiña, y de tierra lejana al hombre de mi propósito. En verdad he hablado, ciertamente haré que suceda; lo he planeado, así lo haré».
He aquí otros pasajes bíblicos que nos enseñan acerca del decreto de Dios: Salmos 115:3; Proverbios 19:21; Isaías 14:24-27; Hechos 4:27,28; Efesios 1:11.
ALGUNAS CONSIDERACIONES:
- Aunque Dios sabe todo lo que pudiera o puede pasar en todas las condiciones que se puedan suponer (1 S. 23:11,12), la presciencia de Dios está basada en Su decreto –y no al revés (Hch. 2:22,23). Es decir, Dios nada ha decretado porque lo previera como futuro.
- El decreto de Dios no elimina las causas secundarias, sino que las establece (Hch. 2:22,23).
- Dios no es autor del pecado, ni tiene comunión con nadie en el mismo (Sal. 7:11; Hab. 1:13).
- Algunos teólogos han rechazado el término y las implicaciones de «voluntad permisiva», ya que ésta puede implicar un mero permiso, involuntario de Dios. Además, «permiso» indica una voluntad opuesta [a la de Dios] y tal voluntad no existía cuando Dios decretó desde la eternidad todo (Ro. 11:34; 1 Co. 2:16).